Articulo 23
La Dirección de Salud tendrá las siguientes facultades y/o atribuciones:
- Planear, organizar, coordinar, supervisar y evaluar la prestación de servicios de Salud Pública que se dan a la población en la esfera de la competencia Municipal.
- Asegurar el buen desempeño de los programas de Salud del Ayuntamiento.
- Promover con las diferentes dependencias estatales y federales la aplicación de programas en el Municipio.
- Participar en coordinación con la Secretaría Estatal de Salud, en campañas nacionales y estatales de prevención de enfermedades de la comunidad en general.
- Supervisar los servicios médicos de prevención, curación, rehabilitación, odontología básica, de especialidad y asistencia social a la comunidad del Municipio, a través de los Centros de Salud.
- Gestionar ante las entidades de iniciativa privada y otras instituciones para otorgar servicios de salud en conjunto que repercutan en los habitantes del Municipio.
- Apoyar y dar solución a la ciudadanía en cuanto a quejas de insalubridad y situaciones que pongan en riesgo la salud de la comunidad en general.
- Desarrollar programas de salud pública acordes con el sistema nacional y estatal de salud.
- Participar, en coordinación con la Secretaría de Salud federal y estatal, en campañas de prevención de enfermedades de la población en general.
- Planear, organizar y coordinar la prestación de servicios de Salud Pública que se dan a la población en la esfera de la competencia Municipal.
- Llevar a cabo programas, proyectos y acciones en materia de salud pública.
- Realizar programas preventivos, en coordinación con otras autoridades e instituciones públicas y privadas, para combatir la obesidad infantil, las adicciones y los embarazos en adolescentes.
- Promover la participación comunitaria y vecinal en el cuidado de su salud.
- Realizar acciones formativas, preventivas e informativas, en coordinación con otras autoridades e instituciones públicas y privadas, en materia de primeros auxilios y medicina preventiva, a fin de que la población cuente con conocimiento básico de primeros auxilios en situaciones de emergencia.
- Establecer programas de educación para la salud para las personas con discapacidad
- Diseñar y ejecutar programas y acciones tendientes a fomentar el respeto hacia la forma de vida de los animales domésticos, así como los cuidados que en materia de Salud Pública deben seguir los tenedores de los mismos.
- Las que le ordene el Presidente Municipal y demás que las leyes, reglamentos municipales y otras disposiciones normativas le encomienden.