Articulo 30
La Dirección de Recursos Humanos y Adquisiciones, tendrá las siguientes facultades y/o atribuciones:
- En materia de Recursos Humanos:
- Seleccionar, contratar y capacitar al personal de las dependencias del Municipio.
- Desarrollar conforme a la legislación aplicable, el archivo de contrataciones y expedientes laborales del personal al servicio municipal.
- Tramitar los nombramientos, remociones, renuncias, licencias y jubilaciones de los trabajadores y funcionarios al servicio del Municipio.
- Participar en la determinación de las condiciones generales de trabajo difundiéndolas y vigilando su cumplimiento.
- Procurar el oportuno y correcto otorgamiento de prestaciones a los trabajadores municipales.
- Entregar las prestaciones a las que tuviera derecho el personal que labora al servicio del Municipio, así como hacer las retenciones, descuentos o deducciones a las que estuvieran obligados.
- Promover cursos de alfabetización, capacitación y adiestramiento para los trabajadores municipales.
- Desarrollar de manera directa, por contrato o concertación, cursos de capacitación para la formación de recursos humanos.
- Coordinar la asignación de pasantes y estudiantes que presten servicio social en las dependencias municipales.
- Garantizar especialmente a los jóvenes y mujeres la equidad de género, salarios equitativos y la participación de los mismos en el Municipio.
- Las que le ordene el Presidente Municipal y demás que las leyes, reglamentos municipales y otras disposiciones normativas le encomienden.
- En materia de Adquisiciones:
- I. Programar y realizar las adquisiciones de los bienes y servicios de las dependencias municipales, de acuerdo con las necesidades descritas y limitadas por los presupuestos autorizados respectivos, aplicando las normativas legales que al efecto correspondan