GOBIERNO DE

Villaldama

NUEVO LEÓN

Articulo 31

La Coordinación de Transparencia, tendrá las siguientes facultades y/o atribuciones:

  1. Coordinar y vigilar que se publique de manera oportuna la información pública que establecen las normativas aplicables a la materia.
  2. Vigilar la correcta clasificación de la información de la Dependencia o Entidad.
  3. Recibir, verificar, gestionar, vigilar y tramitar las solicitudes de acceso a la información.
  4. Orientar a los particulares sobre la manera de realizar las solicitudes de acceso a la información.
  5. Prevenir a los particulares por errores u omisiones en trámites realizados.
  6. Mantener un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos.
  7. Representar al Municipio ante la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León.
  8. Brindar asesoría, apoyo técnico, capacitación y hacer recomendaciones a las dependencias municipales, para propiciar el cumplimiento de las disposiciones aplicables.
  9. Celebrar convenios y acuerdos en materia de acceso a la información pública y de protección de datos personales.
  10. Las que le ordene el Presidente Municipal y demás que las leyes, reglamentos municipales y otras disposiciones normativas le encomienden.