GOBIERNO DE

Villaldama

NUEVO LEÓN

Articulo 33

Son facultades y obligaciones del Titular de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad Municipal las siguientes:

  1. Vigilar y conservar la seguridad, el orden y la tranquilidad pública.
  2. Servir y auxiliar a la comunidad de manera eficaz, honesta y con apego a la Ley.
  3. Respetar y hacer respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado, las leyes, el Reglamento de Policía y Buen Gobierno correspondiente, Reglamento de Tránsito y los reglamentos relativos a su función.
  4. Rendir diariamente al Presidente Municipal un parte informativo de los acontecimientos que, en materia de seguridad pública y vialidad, ocurran en el Municipio.
  5. Proporcionar la información necesaria para el desarrollo de la base de datos en materia de estadística delictiva, así como información acerca de la situación que guarda la seguridad pública en su Municipio, con el objetivo de formular y dar coherencia a las políticas estatales en esta materia.
  6. Coordinarse con las autoridades federales, estatales y municipales en los ámbitos de su competencia.
  7. Acordar con el Presidente Municipal e informarle de los asuntos que le corresponden, así como desempeñar las comisiones y funciones que le confieran.
  8. Respetar y hacer respetar los derechos humanos.
  9. Las que le ordene el Presidente Municipal y demás que las leyes, reglamentos municipales y otras disposiciones normativas le encomienden.